A partir de Julio del 2012 por Real Decreto-Ley 8/2011, de 1 de Julio (BOE de 7/7/2011), se establece la obligatoriedad de la ITE en los edificios con una antigüedad superior a 50 años destinados preferentemente a uso residencial y situados en los municipios con más de 25000 habitantes.
Los requisitos mínimos de estas inspecciones son:
- Evaluar la adecuación de los inmuebles a las condiciones de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato.
- Determinar las obras y trabajos de conservación necesarios para mantener los inmuebles en el estado legalmente exigibles y en el tiempo señalado al efecto.
Nuestro equipo posee una gran experiencia en la elaboración de estos dictámenes y de un profundo conocimiento de los procesos patológicos de los edificios, herramienta que nos permite evaluar el estado del edificio. |